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EF-01 Alta/Modificación Ficha de Terceros

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EF-01 Alta/Modificación Ficha de Terceros

Plazo de instancia:                 

En cualquier momento.

*NOTA: Se advierte que para que la comunicación de datos surta efecto en relación a un derecho económico determinado, deberá cumplimentar el presente trámite de ficha de terceros con carácter previo o simultáneo a la presentación de la factura o derecho económico correspondiente. 

Objeto del procedimiento:

Altas y/o modificaciones de datos bancarios de terceros para la ordenación de transferencias a su favor cuando exista una relación económica con el Instituto Valenciano de Servicios Sociales.

Concepto de Terceros:

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que tengan derecho a percibir cantidades económicas del Instituto Valenciano de Servicios Sociales, como consecuencia de cualquier relación jurídica (contrato, subvención, indemnizaciones, devolución de ingresos, empresas proveedoras de bienes y servicios, etc.).

Normativa:

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones

ReQuisitos:

  • Ser titular o, en su caso, representante del titular del derecho a percibir cantidades económicas por parte del Instituto Valenciano de Servicios Sociales
  • Ser titular de la cuenta bancaria que conste en la solicitud
  • La cuenta bancaria consignada deberá estar, a su vez, dada de alta en la Base de Datos Corporativa de la Generalitat Valenciana (BDCWEB) cuyo trámite telemático “PROPER” (PROPER: Procedimiento para tramitar las altas, modificaciones y bajas de las domiciliaciones bancarias) se encuentra en el siguiente enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22648

Forma de presentación de la solicitud:

  • Online, a través de  la sede electrónica del Instituto Valenciano de Servicios Sociales
  • Presencialmente, en el Instituto Valenciano de Servicios Sociales

Documentación a presentar:

  • Certificación acreditativa de la titularidad de la cuenta bancaria consignada, que deberá estar firmada expresamente con firma electrónica de la entidad bancaria
  • En caso de ser representante del titular del derecho a percibir cantidades económicas por parte de la Administración, deberá aportar, además:
    • NIF de la persona - física o jurídica- interesada o que represente
    • Acreditación de la representación

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
Institut Valencià de Serveis Socials - Q4601042G
Plaça del Carme, 4
46003 València
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